SUBVENCIONES PARA MEJORA DE ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS

SUBVENCIONES PARA MEJORA DE ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS

22/01/2024

Plazo de solicitudes del 5 de febrero al 4 de marzo

SUBVENCIONES PARA MEJORA DE ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS

REQUISITOS:
- Ser propietario o arrendatario de la vivienda
- Los Ingresos de la unidad de convivencia(todos los que están empadronados) tienen que ser inferiores a 32.425,12 €/año.
- No haber obtenido subvención para rehabilitar la vivienda en los 3 años anteriores.
- La vivienda debe ser:
• Domicilio habitual y permanente
• Vivienda finalizada antes del año 2006
• Disponer de un Informe Técnico, suscrito por un técnico con fecha anterior a la solicitud que acredite las obras a realizar en la vivienda.

QUÉ OBRAS SE PUEDEN HACER :
Obras o actuaciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas (ascensores, salvaescaleras, cualquier intervención que facilite la accesibilidad,…)

SOLICITUDES:
La solicitud y el modelo de Informe técnico están disponibles en el
Ayuntamiento de Paradas (oficina de obras y servicios sociales) y en la pag. Web de la Consejeria de Fomento.
Para más información pedir Cita Previa a través del siguiente correo: rehabilitación.vivienda.dtse.cfatv@juntadeandalucia.es
Las solicitudes se presentan en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento, en el registro de la Delegación Territorial de vivienda y en los Registros previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de Administraciones Publicas.

PLAZO: Del 5 de febrero al 4 de marzo